La entidad Lacnic, el Registro de Direcciones de Internet para América Latina y el Caribe, expuso su postura sobre el combate contra la piratería audiovisual durante el Internet Day 2025, evento organizado por la Cámara Argentina de Internet (Cabase) el 15 y el 16 de mayo en la Ciudad de Buenos Aires. Manuel Ignacio Estrada, Gerente de Relaciones Estratégicas de Lacnic, aseguró que la mejor manera de luchar contra este flagelo es encontrar a los responsables y castigarlos, y no el bloqueo de sitios web. TAVI Latam fue Media Partner del Internet Day 2025.

Durante uno de los paneles del evento, Estrada explicó los problemas que puede acarrear el hecho de bloquear websites. Por ello, subrayó que la solución debe venir desde la búsqueda y el hallazgo de los reales responsables de la piratería. «Hay que trabajar también en las penas, una vez que se captura a los responsables», comentó.

«El bloqueo del sitio, básicamente, es impedirle a un usuario acceder a ese sitio. El sitio es una carpeta, que contiene contenidos, y esa carpeta se puede mover muy fácilmente de un lado a otro», comenzó su presentación el representante de Lacnic. «Los que redactan las leyes e impulsan el bloqueo piensan que el bloqueo es algo muy simple, como si fuera apagar una luz, y no es así. Hay un montón de riesgos y complicaciones. Vamos punto a punto. Si un juez resuelve bloquear determinado sitio, notifica a los entes reguladores y a las cámaras para que estos informen a todos los operadores… Un primer problema es geográfico, porque hay antenas de servicios móviles que comparten territorios, regiones o zonas, por ejemplo Ciudad de Buenos Aires y el Gran Buenos Aires. El segundo problema es que al ser fácilmente trasladable, se bloquea un sitio y rápidamente ese mismo contenido aparece en otro sitio o dominio. Ahí, el juez empieza a jugar a un juego de perseguir dominios, y siempre aparece uno nuevo. Luego, el usuario, con solamente cinco clics, pasando por navegación segura, elude ese bloqueo. Es mucha carga administrativa para algo que termina no siendo efectivo. Sigamos adelante: el juez se da por vencido, se da cuenta de que por los dominios no se puede ir, y resuelve bloquear la dirección IP, el servidor o la CDN en la que está alojado el website en cuestión. El tema aquí es que dentro de esa CDN hay mucho más que el sitio que quería ser bloqueado, y se corre el riesgo de bloquear el acceso a distintos sitios y servicios que no tienen nada que ver. Y por último, además de todo esto, el usuario sigue teniendo ganas de consumir ese contenido de manera pirata y empieza a utilizar servicios VPN, para eliminar este tipo de bloqueos. Esto termina perjudicando al operador, porque les empieza a subir el tráfico internacional, generándole un gasto mayor al habitual», detalló Estrada.

Para finalizar, el hombre de Lacnic sostuvo que si la única posibilidad que se encuentra es la del bloqueo de sitios, que se debe consultar a todas las partes involucradas antes de proceder. A su vez, recomendó que cuando se determine un bloqueo se haga de manera temporal, porque luego es muy difícil levantar esa inhabilitación y además ese sitio o url se termina perdiendo por completo.

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