Mediante un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) firmado este 9 de abril, en este caso el 302, el Gobierno de Argentina, encabezado por el Presidente Javier Milei, eliminó el DNU 690 del 2020 que había establecido como públicos y esenciales a los servicios de TV Paga, Internet y telefonía móvil. La telefonía fija ya lo era, y lo sigue siendo tras este nuevo decreto. El DNU 690 había sido emitido por el Gobierno del entonces Presidente Alberto Fernández en el marco de la pandemia del Coronavirus (COVID-19) para intentar asegurar la continuidad de los servicios y controlar las tarifas de los mismos.

El decreto 690 fue durante los últimos años el principal reclamo de la industria de las telecomunicaciones, desde las empresas más pequeñas a las más grandes se unieron en la protesta. Más allá de que varios operadores habían logrado mediante acciones judiciales aumentar los precios de sus prestaciones, con el nuevo DNU las tarifas ya quedan liberadas para todo el mercado.

El nuevo artículo referido al tema de los precios, afirma: «Los licenciatarios de servicios de TIC fijarán sus precios, los que deberán ser justos y razonables, cubrir los costos de la explotación y tender a la prestación eficiente y a un margen razonable de operación». Es decir, fue eliminada la parte que indicaba que las tarifas podían ser reguladas por la autoridad de aplicación, el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom).

El Gobierno de Milei ya había señalado anteriormente que estaba en desacuerdo con el DNU 690. Además, uno de los principales motivos por los que intervino el Enacom había sido, justamente, la evaluación de las consecuencias de dicho decreto y la búsqueda de una resolución satisfactoria del tema.

El nuevo DNU explica que «los servicios de TIC han sido creados en competencia, siendo una facultad esencial para su desarrollo y crecimiento la posibilidad de que los licenciatarios puedan fijar los precios de sus servicios libremente». También destaca que gracias a las resoluciones judiciales que consiguieron los operadores, «se logró evitar la distorsión de precios relativos en cuanto al valor fijado por tarifas impuestas desde la autoridad de aplicación». «En atención al interés público comprometido propio de la naturaleza de los servicios de TIC, resulta de suma urgencia liberar el mercado y obtener el libre desarrollo de tales servicios», indica a modo de conclusión el decreto.

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